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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811360
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 942
SENTENCIAS DEFINITIVAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 942
Del amparo que se enderece contra la sentencia que tenga ese carácter, toca conocer en única instancia a la Suprema Corte, pudiendo conocer los Jueces de Distrito, sólo de lo relativo al incidente de suspensión.
Precedentes
Amparo mixto en revisión. Ruiz Jesús. 19 de diciembre de 1919. Unanimidad de ocho votos. Excusa: Gustavo A. Vicencio. Ausentes: Enrique Moreno y José M. Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.