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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 960
FAUCLTAD ECONOMICA COACTIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 960
No importa violación de garantías, el hecho de usar de la facultad económica coactiva para hacer efectiva un fianza otorgada por un particular a favor de un procesado, pues se trata de un ingreso al erario y el caso se apoya en las mismas razones que autorizan el uso de esa facultad para el cobro de impuestos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Barros Felipe N. 18 de mayo de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Enrique Moreno y Gustavo A. Vicencio no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.