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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 209
REVALIDACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 209
Promovida ante un Juez, la de un juicio terminado que quedó pendiente de revisión de oficio ante la Suprema Corte, debe devolverse al Juez que, estimándose competente, solicite la devolución, a fin de no estorbar el curso de la solicitud, y sin que la devolución signifique otra cosa sino que la Corte no es competente para conocer de la revalidación.
Precedentes
Revalidación de actuaciones en amparo civil. Estrada Cervera Miguel. 25 de enero de 1918. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Victoriano Pimentel y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.