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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811493
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 277
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 277
Es facultad discrecional de los Jueces de Distrito, decretar la suspensión que se pida contra impuestos, multas u otros pagos fiscales, previo depósito de la cantidad cobrada, en la misma oficina recaudadora.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Díaz Simón y González Gilberto. 31 de enero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.