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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811537
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 378
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 378
La que tuviera por efecto detener la secuela de una causa, en que, con toda oportunidad, deben recogerse los datos necesarios para el esclarecimiento de los hechos, dañaría los intereses de la sociedad, siendo, por tanto, antijurídica su concesión.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto que negó la suspensión. Solana Benjamín. 7 de febrero de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Alberto M. González, José María Truchuelo, Enrique Colunga y Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.