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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 798
FALTA DE CONSENTIMIENTO DEL DUEÑO PARA ENTREGAR LA COSA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 798
Es elemento esencial del delito de robo, y existe, ya porque el propietario ignore la perpetración del delito, o porque, sabiéndola, se vea forzado a soportarla, ya sea que la víctima entregue la cosa, cediendo a la violencia física o moral, ya sea que la entregue un tercero, sin conocimiento del dueño, o que el ladrón se apodere de ella por sí mismo.
Precedentes
Amparo penal directo ante la Suprema Corte. Herrera José María. 12 de marzo de 1918. Mayoría de seis votos. Excusa: Agustín Urdapilleta. Disidentes: Enrique García Parra, Enrique Moreno, Victoriano Pimentel y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.