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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811611
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 654
RETROACTIVIDAD DE LA LEY.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 654
La única admisible en procedimientos judiciales, consiste en proseguir los juicios, con arreglo a una ley anterior, mediante los procedimientos señalados por la nueva. Esa retroactividad concierne sólo a la parte de pura formalidad, relativa a ejercicio y conservación de los derechos, pero deja intocable el fondo de éstos, que, cuando han sido adquiridos a virtud de actos procesales completos y terminados ya, deben ser inviolables.
Precedentes
Amparo civil en revisión. "The Sinaloa Land Company". 27 de febrero de 1918. Mayoría de nueve votos, respecto al primer punto, mayoría de diez votos, en cuanto al segundo y tercero, y unanimidad de once votos, respecto del cuarto. Disidentes: Santiago Martínez Alomía y Agustín Urdapilleta, así como Agustín de Valle, respectivamente. La publicación no menciona el nombre del ponente.