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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811617
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1001
DEMANDA DE AMPARO IMPRECISA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1001
La que se hubiere aceptado sin que llene los requisitos del artículo 768 del Código Federal de Procedimientos Civiles, no debe ser desestimada; sino que se examinarán los capítulos de queja tal como en ella aparezcan.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Hernández Filomena. 25 de marzo de 1918. Mayoría de seis votos. Ausente: Manuel E. Cruz. Disidentes: Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta, Enrique García Parra y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.