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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1094
CONSTITUCION FEDERAL DE 1917.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1094
No puede dársele efecto retroactivo, porque lo prohibe su artículo catorce.
Precedentes
Amparo civil directo interpuesto ante la Suprema Corte. Cirerol Villamil Pedro y coagraviados. 5 de abril de 1918. Mayoría de nueve votos. Ausente: José María Truchuelo. Disidente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.