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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811730
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1599
PRISION PREVENTIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1599
Debe equipararse a la pena corporal, para el efecto de que corra, o no, el término para interponer el amparo contra ella, y no debe tenerse por consentida, aunque el agraviado se haya desistido de un recurso ordinario interpuesto contra el auto de formal prisión.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Taurel León J. 19 de junio de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.