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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811743
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 121
FACULTAD ECONOMICOCOACTIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 121
La ley sobre facultad economicocoactiva no es anticonstitucional, porque el pago del impuesto no es una deuda proveniente de un contrato sancionado por la ley civil, sino el resultado de una necesidad política.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Pérez Francisco. 8 de enero de 1919. Mayoría de nueve votos. Ausente: Alberto M. González. Disidente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXIII, página 849, tesis de rubro "FACULTAD ECONOMICOCOACTIVA. ".