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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1027
JUECES DEL ORDEN COMUN.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1027
Cuando actúan en auxilio de la Justicia Federal, están supeditados a la Suprema Corte de Justicia que, como su superior jerárquico, tiene competencia para conocer de las quejas que contra aquéllos se presenten.
Precedentes
Queja en materia civil. Urbina Adalberto. 14 de octubre de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.