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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 280
SENTENCIA DEFINITIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 280
No puede estimarse como tal, para los efectos del amparo, la que no decide una controversia sobre la acción principal, y, por ende, no cabe dentro de las prevenciones de la fracción II del artículo 107 de la Constitución.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de sobreseimiento. Lara Galdino. 20 de julio de 1918. Mayoría de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González y Enrique Moreno no estuvieron presentes en la votación, por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.