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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811811
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1072
PROMESA DE VENTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1072
La declaración de aceptarla no constituye, de una manera categórica y precisa, la voluntad de vender, del otro contratante, y suponiendo que la constituyera, faltaría para que fuere perfecta y obligatoria, que se llenaran las solemnidades externas del contrato.
Precedentes
Amparo civil en revisión. López Collada Primitivo. 18 de octubre de 1918. Unanimidad de diez votos. Mayoría de nueve votos por lo que respecta a sus fundamentos. Disidente: Agustín de Valle. Mayoría de siete votos por lo que hace a la imposición de la multa. Disidentes: Agustín de Valle, Alberto M. González y Enrique García Parra. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.