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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811839
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1142
IMPUESTO A LA INDUSTRIA DEL PETROLEO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1142
Los decretados por el ciudadano Presidente de la República, en uso de las facultades que le dio el Congreso, no importan violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. International Petroleum Company. 30 de octubre de 1918. Unanimidad de diez votos en cuanto a la suspensión de oficio; y en cuanto a la suspensión definitiva, respecto del primer punto, por unanimidad de diez votos; en cuanto al segundo, por siete votos. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique Moreno y Victoriano Pimentel. Respecto del tercer punto por seis votos. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique Moreno, Manuel E. Cruz y Victoriano Pimentel. El Ministro Enrique García Parra no votó por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.