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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811866
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1278
POSESIONES O DERECHOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1278
Nadie puede ser privado de ellos sin las formalidades que le ley previene.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Olaguíbel Manuel E. y Montepío "Luz Saviñón". 11 de diciembre de 1918. Mayoría de seis votos, por lo que se refiere al primer punto resolutivo. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo, Agustín Urdapilleta y Enrique M. de los Ríos. Mayoría de seis votos, por lo que hace al amparo pedido por Manuel Olaguíbel. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo, Agustín Urdapilleta y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.