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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 828
SENTENCIA DEFINITIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 828
Para los efectos del amparo, debe entenderse así la que falle la controversia en cuanto al fondo, resolviendo, previo debate, sobre la acción y la excepción que forman la materia de dicha controversia, y respecto de la cual no quepa ningún recurso ordinario.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de incompetencia. Alcaide Manuel. 17 de septiembre 1918. Mayoría de siete votos. Ausente: Enrique García Parra. El Ministro Agustín Urdapilleta no votó. Disidentes: Alberto M. González y Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.