Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/815989
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
815989
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 237

TRABAJO, CONFLICTO ENTRE EL CAPITAL Y EL.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 237

Precedentes

Quinta Epoca: Tomo XII, página 918. Amparo administrativo en revisión. Perezcano Alfredo J. 10 de mayo de 1923. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el número del asunto ni el nombre del ponente. Tomo XVI, página 1317. Amparo administrativo en revisión. Compañía Industrial de Orizaba, S.A. 12 de junio de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el número del asunto ni el nombre del ponente. Tomo XXII, página 269. Amparo administrativo en revisión 3807/25. Limón Agustín. 30 de enero de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXV, página 507. Amparo administrativo en revisión 1736/25. Badosi Basilio. 2 de febrero 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXVI, página 1197. Amparo administrativo en revisión 3651/27. Sosa Martínez Juan y coagraviados. 13 de junio de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: J. Guzmán Vaca y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 815989