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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 817924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 185
VENTAJA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 185
Para la existencia de la ventaja se requiere que el sujeto activo tenga perfecto conocimiento de la situación favorable de no correr riesgo alguno de ser muerto o herido por el ofendido, es decir, que tenga perfecto conocimiento de que la víctima se encuentre inerme, o dicho en otras palabras, que haya obrado con la seguridad absoluta de que su persona no corría peligro alguno.
Precedentes
Amparo directo 6524/51. Florencio Zamarripa Marín. 7 de julio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, cuarta tesis relacionada con la jurisprudencia 294, página 648, bajo el rubro "VENTAJA CALIFICATIVA DE.".