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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
817946
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 44

CONDENA CONDICIONAL (LEGISLACION DE PUEBLA).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 44

Precedentes

Amparo directo 375/60. Manuel Lomelí Cortés. 15 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, tesis relacionada con la jurisprudencia 51, página 132, bajo el rubro "CONDENA CONDICIONAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).".
Registro digital (IUS): 817946