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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 817979
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Segunda Parte; Pág. 48
ROBO Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA QUE RECAE SOBRE EL OBJETO MATERIA DEL APODERAMIENTO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Segunda Parte; Pág. 48
No puede jurídicamente afirmarse que cuando el activo del robo deteriora o destruye el objeto materia del apoderamiento, está cometiendo un nuevo delito y que a virtud del deterioro o destrucción se está en presencia de un concurso (que sería material y no formal), y no puede ello afirmarse porque el daño en cuestión se produciría durante la fase de agotamiento del robo en que el activo dispone de la cosa como si fuera propia, ya que se apoderó de ella con el ánimo correspondiente, sin el cual no existiría el robo. Calificar como nuevo delito el daño, sería tanto como recalificar la conducta, considerando por una parte que se afectó la conducta del pasivo, primero con el apoderamiento y luego con deterioro o destrucción, y tal cosa es inadmisible; lo que debe sostenerse es que si el activo del robo deteriora o destruye el objeto robado, al condenársele a la reparación del daño, se tendrá en cuenta esa circunstancia, pero una elemental técnica impide ir mas allá.
Precedentes
Amparo directo 3293/66. Celestino Rubiños Díaz. 6 de octubre de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXXIV, página 36. Amparo directo 8123/59. J. Guadalupe Alvarez Elizalde. 29 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Volumen III, página 71. Amparo directo 5795/56. Aurelio Manzanares Orduño. 11 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Notas:
En el Volumen XXXIV, página 36, esta tesis aparece bajo el rubro "DAÑO EN PROPIEDAD AJENA Y ROBO.".
En el Volumen III, página 71, esta tesis aparece bajo el rubro "DAÑO EN PROPIEDAD AJENA Y ROBO.".
Véanse:
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, tesis 315, página 174, bajo el rubro "ROBO Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA QUE RECAE SOBRE EL OBJETO MATERIA DEL APODERAMIENTO.".
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen CXIV, página 52, tesis de rubro "ROBO Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA QUE RECAE SOBRE EL OBJETO MATERIA DEL APODERAMIENTO.".