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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818022
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 188

RAPTO (SEGREGACION DE LA OFENDIDA).

[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 188

Precedentes

Volumen XII, página 169. Amparo directo 1552/55. José Silva Martínez. 4 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen III, página 149. Amparo directo 5493/56. Silverio Martínez Cortés. 28 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen XII, página 169. Amparo directo 1848/56. J. Dolores Chávez. 2 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen VII, página 77. Amparo directo 1379/57. Héctor Galindo Frayre. 15 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne. Volumen VIII, página 55. Amparo directo 449/57. Manuel Mendoza Ortega. 14 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
Registro digital (IUS): 818022