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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818029
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Cuarta Parte; Pág. 145

SIMULACION, PRUEBA DE LA, MEDIANTE PRESUNCIONES.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Cuarta Parte; Pág. 145

Precedentes

Amparo directo 7300/59. Virginia Cajica de Almendaro. 11 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXIV, página 198. Amparo directo 1581/57. Rosina C. de Greene. 12 de junio de 1959. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José López Lira. Ponente: José Castro Estrada. Volumen XXI, página 170. Amparo directo 5916/57. Jesús Heredia Quiñones. 13 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Nota: En el Volumen XXIV, página 198 esta tesis aparece bajo el rubro "SIMULACION, PRUEBA DE LA.". En el Volumen XXI, página 170 esta tesis aparece bajo el rubro "SIMULACION, PRUEBA DE MAYOR IMPORTANCIA EN CASO DE.".
Registro digital (IUS): 818029