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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 80
ARRENDAMIENTO, LUGAR DE PAGO DE LAS RENTAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 80
Si en el contrato de arrendamiento no se expresa el lugar del pago de las rentas y no se acredita el requerimiento de pago en la casa habitación, el inquilino no incurre en mora.
Precedentes
Amparo directo 362/59. Isabel del Castillo León. 14 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XV, página 67. Amparo directo 3617/57. María Núñez de Quintana. 5 de septiembre de 1958. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: José Castro Estrada.
Volumen XIV, página 51. Amparo directo 7/57. Lázaro Chapiro Axelrod y coagraviado. 13 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Volumen XIII, página 65. Amparo directo 2094/57. María Teresa Sáenz Asúnsulo. 11 de julio de 1958. Ponente: Gabriel García Rojas.
Volumen X, página 9. Amparo directo 3405/57. María Valadez. 28 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota:
En el Volumen XIV, página 52, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, LUGAR DE PAGO DE LAS RENTAS. (PLAZO PARA PAGARLAS).".
En el Volumen XIII, página 65, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. MORA EN EL PAGO DE LAS RENTAS.".
En el Volumen X, página 9, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, LUGAR DE PAGO DE LAS RENTAS. MORA.".