Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/818080
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818080
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Cuarta Parte; Pág. 9

ARRENDAMIENTO, JUICIO DE REVALUACION EN EL (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ)

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Cuarta Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo directo 7483/62. Rafael y María Magdalena Lorenza Migoni. 9 de julio de 1964. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Registro digital (IUS): 818080