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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818093
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXV, Cuarta Parte; Pág. 12

AGRAVIOS EXAMEN QUE DE ELLOS DEBE HACER LA RESPONSABLE.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXV, Cuarta Parte; Pág. 12

Precedentes

Amparo directo 8059/65. Jorge Garmandia Zaragoza. 25 de enero de 1967. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Amparo directo 9229/64. Ernesto Riquelme Moreno. 20 de enero de 1967. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Quinta Epoca: Suplemento 1956. Amparo directo 1152/50. "Villa de Cortés", S. de R. L. y C.V. 8 de julio de 1953. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 818093