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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818126
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Quinta Parte; Pág. 62
SUSTITUCION PATRONAL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Quinta Parte; Pág. 62
La sustitución patronal tiene lugar en caso de que una unidad económico jurídica pase a ser patrimonio de otra persona, como tal entidad; la sustitución no es sino la transmisión de un conjunto que implica el de la unidad económica; cuando la unidad económica empresa pasa a ser de un nuevo patrón, no existe dificultad en la aplicación del artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo, el problema surge cuando se vende parte de la maquinaria, útiles o enseres que conjuntamente constituían la primitiva unidad económica, y no hay sustitución cuando una empresa adquiere no una negociación en actividad sino sus enseres y no reanuda la explotación que efectuaba ésta.
Precedentes
Amparo directo 1334/61. Moisés Malagón Pineda. 11 de agosto de 1961. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.