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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818132
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 73

TRABAJADORES. NO ESTAN OBLIGADOS A SEÑALAR DE MODO PRECISO LA REPRESENTACION DE EMPRESAS O INSTITUCIONES.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 73

Precedentes

Amparo directo 1091/61. Guzmán Ramírez. 7 de julio de 1961. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Tercera Parte, página 717, tesis de rubro "PATRON, EL TRABAJADOR NO TIENE OBLIGACION DE CONOCER LA CALIDAD JURIDICA DE LA PERSONA DE SU.".
Registro digital (IUS): 818132