Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/818177
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818177
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XV, Primera Parte; Pág. 144

LEY DE IMPRENTA, DELITOS PREVISTOS EN LA.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XV, Primera Parte; Pág. 144

Precedentes

Competencia 70/57. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de La Paz, Estado de Baja California y el Juez de Distrito, del Estado de Baja California. 9 de septiembre de 1958. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Rodolfo Chávez S. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XLII, Primera Parte, página, 63, tesis de rubro "LEY DE IMPRENTA, DELITOS PREVISTOS EN LA.".
Registro digital (IUS): 818177