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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
818222
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 181

VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO EN SEGUNDA INSTANCIA. DEBEN RECLAMARSE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 181

Precedentes

Amparo en revisión 82/82. Julieta Hernández Vigil. 24 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas.
Registro digital (IUS): 818222