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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
818236
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 619

SOCIEDAD LEGAL, NECESIDAD DE ACREDITAR QUE LOS BIENES DE CUYA AFECTACION SE DUELE EN EL AMPARO, INGRESARON A LA, A FIN DE ACREDITAR EL INTERES JURIDICO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 619

Precedentes

Amparo en revisión 479/86. María Esther Solís Serrano. 26 de junio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael García Valle. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo III, Segunda Parte-2, tesis III.1o.C. J/5, página 950.
Registro digital (IUS): 818236