Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/818238
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
818238
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 494

PRUEBAS EN MATERIA LABORAL, ADMISION ILEGAL DE LAS. CONSTITUYE VIOLACION A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO Y ES RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 494

Precedentes

Amparo directo 285/87. Elvira Rivera García. 14 de julio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 109-114, página 170. Amparo en revisión 123/78. Eulalia Montero Dualt. 30 de junio de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Chan Vargas. Volúmenes 97-102, página 197. Amparo en revisión 565/76. Rosa Noriega López y Amalia Viramontes Hernández. 13 de enero de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 127-132, página 199, tesis de jurisprudencia de rubro "PRUEBAS, ADMISION ILEGAL DE LAS. CONSTITUYE VIOLACION A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO Y ES RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO.".
Registro digital (IUS): 818238