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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818242
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 10, Séptima Parte; Pág. 21

INCOMPETENCIA DE LA SALA AUXILIAR (LEGISLACIONES DE COAHUILA Y DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 10, Séptima Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 6840/65. Consuelo Calderas Cadena y coagraviados. 21 de octubre de 1969. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Felipe Canudas Orezza. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volumen 6, página 41. Amparo directo 15/67. Francisco Alejandro Lara Martínez. 30 de junio de 1969. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Felipe Canudas Orezza. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Nota: Este criterio integró jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 72, página 51. En el Volumen 6, página 41, la tesis aparece bajo el rubro "INCOMPETENCIA DE LA SALA AUXILIAR.".
Registro digital (IUS): 818242