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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818249
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Tercera Parte; Pág. 98
SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO, POR FALTA DE PROMOCION (REVISION).
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Tercera Parte; Pág. 98
Aunque el recurso de revisión no lo interponga el quejoso, éste, para evitar el sobreseimiento del juicio de garantías, debe promover en los términos de la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo, cuando no se impugne la inconstitucionalidad de una ley y los actos reclamados provengan de autoridades administrativas.
Precedentes
Amparo en revisión 1760/57. Félix Barrera Romero. 4 de diciembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión 5989/55. "Penagos Hermanos y Compañía" S. en C. 4 de diciembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
Amparo en revisión 2810/55. J. Carmen Muñoz. 4 de diciembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen V, página 199. Amparo en revisión 1721/56. José Sánchez Córdoba. 21 de noviembre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen V, página 199. Amparo en revisión 1054/56. Cosme Gómez y coagraviados. 21 de noviembre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen V, página 199. Amparo en revisión 4174/55. Faustino Chávez. 8 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen V, página 199. Amparo en revisión 2210/55. Arturo López Tinajero. 7 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen V, página 199. Amparo en revisión 2133/55. Antonio Cortés y coagraviados. 7 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen V, página 199. Amparo en revisión 1756/55. Carlos L. Klein y coagraviados. 7 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen V, página 199. Amparo en revisión 3545/54. Antonio Maldonado Rodríguez. 7 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.
Volumen IV, página 248. Amparo en revisión 6699/55. Jesús Ortega Martínez. 11 de octubre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen IV, página 248. Amparo en revisión 5990/55. Antonio de la Vega Rivera. 11 de octubre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen IV, página 248. Amparo en revisión 2410/54. Gumersindo Flores Urrutia. 11 de octubre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen IV, página 248. Amparo en revisión 2381/53. Antonio Fragoso Soriano. 11 de octubre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen IV, página 248. Amparo en revisión 6114/55. Blas Espinosa y coagraviados. 3 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
Volumen III, página 212. Amparo en revisión 2558/56. José Tapia Díaz. 19 de septiembre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen III, página 212. Amparo en revisión 5003/55. Consuelo Núñez Manrique. 5 de septiembre de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
Volumen II, página 114. Amparo en revisión 5023/55. José Palomeque coagraviados. 22 de agosto de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo III, Tercera Parte, tesis 1202, página 944, bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO, POR FALTA DE PROMOCION (REVISION).".