Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/818255
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818255
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 45

FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 45

Precedentes

Amparo en revisión 3074/57. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 5 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen I, página 28, tesis de rubro "FIANZAS, PRESCRIPCION DE LAS.". Volumen III, página 76, tesis de rubro "FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS.". Volumen IV, página 141, tesis de rubro "FIANZAS, PRESCRIPCION DE LAS.". Volumen VIII, página 46, tesis de rubro "FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS.". Volumen VIII, página 47, tesis de rubro "FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS.".
Registro digital (IUS): 818255