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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818262
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 53
CREDITOS, NOTIFICACION DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 53
Si desde que se ordenó la notificación de un crédito, las autoridades demandadas expresamente consideraron que tenía naturaleza fiscal, el desconocer el carácter con que nació dicho acto, colocaría en estado de indefensión al actor, puesto que resultaría extemporáneo el recurso ante la Junta revisora de multas.
Precedentes
Revisión fiscal 408/57. Alfonso Rubio Rangel. 27 de octubre de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.