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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818270
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Tercera Parte; Pág. 9
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Tercera Parte; Pág. 9
Para que prospere el recurso de revisión y deba, en consecuencia, revocarse la resolución del inferior, es absolutamente indispensable que el escrito de agravios rebata todos los apoyos en que sustancialmente descansa la sentencia recurrida, pues los agravios deben estar en relación directa e inmediata con los fundamentos contenidos en la sentencia que se recurre, y han de estar encaminados, expresa y directamente, a destruir todos los razonamientos fundamentales en que se sustenta la sentencia recurrida.
Precedentes
Amparo en revisión 5608/58. G. H. Boehringer Sohn. 22 de abril de 1959. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.