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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818277
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Tercera Parte; Pág. 14

FIANZAS PENALES.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Tercera Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 7852/58. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 29 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 4162/58. Afianzadora Mexicana, S. A. 26 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Amparo en revisión 4170/58. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 17 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 460, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo III, Tercera Parte, página 335, de rubro "FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS. COMPUTO DEL TERMINO.".
Registro digital (IUS): 818277