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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818295
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Tercera Parte; Pág. 9
AGENTES ADUANALES, RECURSOS EN CASO DE SUSPENSION DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Tercera Parte; Pág. 9
Para juzgar de la naturaleza fiscal de una resolución hay que penetrar el contenido de la misma, para así estar en posibilidad de clasificarla; si la resolución impugnada se traduce en una suspensión en el ejercicio de sus funciones a un agente aduanal, es obvio que tal acto en manera alguna puede tener el carácter de fiscal, por ser ajeno a la materia fiscal, y siendo esto así no hay por qué agotar el recurso administrativo previsto en la fracción IV del artículo 160 del Código Fiscal de la Federación.
Precedentes
Amparo en revisión 5/59. Marcos Martell Paredes. 11 de febrero de 1960. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.