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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818328
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Tercera Parte; Pág. 118

PETICION, DERECHO DE, EN CASO DE REQUISITOS REGLAMENTARIOS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Tercera Parte; Pág. 118

Precedentes

Amparo en revisión 8635/61. Rogelio Ramos Arellano. 28 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen LIII, página 93. Amparo en revisión 5685/61. Manuel Mejía Carrasco. 22 de noviembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen LIII, página 93. Amparo en revisión 486/61. Francisco González Moro. 22 de noviembre de 1961. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XLVII, página 55. Amparo en revisión 754/61. Guadalupe Díaz de Calvillo. 10 de mayo de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen XXV, página 72. Amparo en revisión 2768/59. Refugio Robles Ayala. 24 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Notas: En el Volumen XLVII, página 55, esta tesis aparece bajo el rubro "PETICION. CONTESTACION A LA.". En el Volumen XXV, página 72, esta tesis aparece bajo el rubro "PETICION.".
Registro digital (IUS): 818328