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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818372
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVII, Tercera Parte; Pág. 55

PETICION.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVII, Tercera Parte; Pág. 55

Precedentes

Amparo en revisión 754/61. Guadalupe Díaz de Calvillo. 10 de mayo de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 128, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo III, Tercera Parte, página 87, de rubro "PETICION, DERECHO DE, EN CASO DE REQUISITOS REGLAMENTARIOS.".
Registro digital (IUS): 818372