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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818451
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Cuarta Parte; Pág. 58
LETRAS DE CAMBIO, ENDOSO EN PROPIEDAD DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Cuarta Parte; Pág. 58
Si en una letra de cambio el endoso en propiedad de la misma fue hecho por la beneficiaria poniendo una simple huella digital, es claro que no se reúnen los requisitos de la fracción II del artículo 29 de la Ley General de Títulos y Operación de Crédito, que exige la firma del endosante o de la persona que suscribe a su ruego o en su nombre.
Precedentes
Amparo directo 9622/63. Abilio Villarreal de la Rosa. 24 de junio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Rafael Rojina Villegas.