Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/818453
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818453
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Cuarta Parte; Pág. 57
DIVORCIO, INJURIAS GRAVES Y SEVICIA COMO CAUSALES DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Cuarta Parte; Pág. 57
La circunstancia de que el esposo no consulte previamente a la esposa los cambios de domicilio conyugal, para que esta pueda oponerse en los términos de los artículos 163, 167, 168 y 171 del Código Civil del Distrito y Territorios Federales, no tiene los caracteres de una injuria grave, ya que la esposa bien puede oponerse, si para ello tiene razones fundadas y legítimas, cuando le sean hechas las notificaciones en cada cambio de domicilio conyugal.
Precedentes
Amparo directo 1038/65. Lorraine Chanel de Kleban. 21 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.