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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818468
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 85, Tercera Parte; Pág. 15

AGRARIO. INAFECTABILIDAD. CANCELACION DEL CERTIFICADO. DEBE RESPETARSE LA GARANTIA DE AUDIENCIA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 85, Tercera Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo en revisión 3692/74. Salvador García Méndez y otros. 8 de enero de 1976. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 10, Tercera Parte, página 14, tesis de rubro "AGRARIO. CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD. PARA AFECTAR SU TERRENO A LOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS DEBE OIRSELES EN PROCEDIMIENTO EN QUE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECLARE INSUBSISTENTE EL CERTIFICADO.".
Registro digital (IUS): 818468