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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 9
ACTO RECLAMADO, ESTUDIO INTEGRAL DE LA DEMANDA DE AMPARO PARA DETERMINAR EL.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 9
No obstante que algún acto propuesto como materia del amparo no se incluya en el apartado de la demanda referente a los actos reclamados, atento al criterio de esta Suprema Corte de Justicia, si del análisis integral del escrito de la demanda se llega al conocimiento de que, aunque no de manera formal, en capítulo especial, dentro de los conceptos de violación se señala dicho acto como lesivo de garantías individuales, resulta correcto el estudio que se haga de la constitucionalidad del mismo, teniéndolo como acto reclamado, en virtud de que la demanda debe contemplarse como un todo.
Precedentes
Amparo en revisión 10112/84. Bracco de México, S.A. de C.V. 10 de septiembre de 1986. Unanimidad cuatro votos. Ponente: Carlos de Silva Nava.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 139-144, página 9. Amparo en revisión 114/80. Alberto Hervet Salguero. 10 de noviembre de 1980. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.