Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/818478
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818478
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 90, Tercera Parte; Pág. 18

AGRARIO. SOLICITUDES EN MATERIA AGRARIA. DEBEN TRAMITARSE Y RESOLVERSE EN BREVE TERMINO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 90, Tercera Parte; Pág. 18

Precedentes

Amparo en revisión 5081/75. Adán Castillo Torres y otros. 23 de junio de 1976. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 75, página 24. Amparo en revisión 4150/74. Ignacio Rodríguez Falcón y otros. 12 de marzo de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Nota: En el Volumen 75, página 24, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. SOLICITUDES EN LA MATERIA. DEBEN TRAMITARSE Y RESOLVERSE EN BREVE TERMINO.".
Registro digital (IUS): 818478