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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818491
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Tercera Parte; Pág. 30
AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES EN QUE SE ORDENA SU EJECUCION. HACEN INMINENTES LOS ACTOS DE LAS AUTORIDADES A QUE COMPETE SU CUMPLIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Tercera Parte; Pág. 30
Son de considerarse ciertos, por inminentes, los actos de ejecución de una resolución presidencial reclamada, de que se probó su existencia, aun ante la negativa de las responsables, de consistir sus funciones en ejecutar la mencionada resolución.
Precedentes
Amparo en revisión 3686/71. Ejido Zaragoza, Municipio del mismo nombre, Puebla. 26 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 11, página 34. Amparo en revisión 7725/68. Ramón Ochoa Padrón. 17 de noviembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.