Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/818496
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 16
AGRARIO. EJECUCION INCORRECTA DE RESOLUCION PRESIDENCIAL. CONSTITUYE CUESTION DE FONDO DEL AMPARO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 16
Reclamada en amparo la incorrecta ejecución de una resolución presidencial, no es causa de improcedencia del juicio que el Juez de Distrito concluya que el acto reclamado es una consecuencia de la resolución presidencial, al haber sido ésta la que expropia la fracción de terreno propiedad del quejoso, en vista de que se le señala expresamente en el texto de la resolución, por lo que la ejecución reclamada debe reputarse como derivada de un acto consentido tácitamente, por no haberse promovido dentro del término legal el juicio de amparo en contra de la resolución presidencial ya indicada, porque, con dicho proceder, el a quo involucra indebidamente para sobreseer, un examen que corresponde al fondo de la cuestión planteada y no a la improcedencia del juicio.
Precedentes
Amparo en revisión 5675/76. Ramón Valenzuela Fragoso. 25 de abril de 1977. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.