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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818500
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 65

INFORME JUSTIFICADO, FALTA DE. PRESUNCION DE CERTEZA DE LO AFIRMADO EN LA DEMANDA. ALCANCE. SOLO SE EXTIENDE A LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 65

Precedentes

Amparo en revisión 6429/75. Luis Roberto Galván González. 29 de junio de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 13, página 91. Amparo en revisión 1712/69. Manuel Moroyoqui Flores y coagraviados. 14 de enero de 1970. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Nota: En el Volumen 13, página 91, la tesis aparece bajo el rubro "INFORME JUSTIFICADO. PRESUNCION DE CERTEZA DE LO. AFIRMADO EN LA DEMANDA. SU ALCANCE SOLO SE EXTIENDE A LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.".
Registro digital (IUS): 818500