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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818503
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Tercera Parte; Pág. 23

AGRARIO. PROPIEDAD. CONTROVERSIAS SOBRE ESE DERECHO. NO SE DECIDEN EN EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Tercera Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo en revisión 5489/70. Comunidad Indígena "Barrio de San Francisco", Municipio de Pátzcuaro, Michoacán. 29 de septiembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 27, página 34. Amparo en revisión 3531/70. Abundio Montes Arzate y coagraviados. 10 de marzo de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Volumen 13, página 38. Amparo en revisión 3415/69. Comunidad de San Bernardino Milpillas Chico, Municipio de Pueblo Nuevo, Durango. 30 de enero de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXXXIII, página 46. Amparo en revisión 3003/67. Eugenio Casas Muerza. 3 de julio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Cuarta Parte, tesis 273, página 817, bajo el rubro "PROPIEDAD.". Nota: En el Volumen CXXXIII, página 46, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO IMPROCEDENTE. EN EL JUICIO DE GARANTIAS NO SE VENTILAN LAS CONTROVERSIAS SOBRE PROPIEDAD.". Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 54, Tercera Parte, página 42, bajo el rubro "AGRARIO. PROPIEDAD. CONTROVERSIAS SOBRE ESE DERECHO NO SE DECIDEN EN EL JUICIO DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 818503